Mayoría simple Índice Tipos de votación Mayoría en los sistemas parlamentarios Véase...


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mayoría absolutaparlamentariosmayoría absoluta








Se denomina mayoría simple, mayoría relativa, mayoría común, mayoría ordinaria, pluralidad o simplemente mayoría, a la circunstancia que se da en una votación cuando un candidato o proposición obtiene más votos que cualquier otro, pero no consigue mayoría absoluta.[1]




Índice






  • 1 Tipos de votación


  • 2 Mayoría en los sistemas parlamentarios


  • 3 Véase también


  • 4 Referencias





Tipos de votación


La votación puede ser de distintos tipos:




  • Bipolar. Las únicas posibilidades es votar a favor, en contra o abstenerse. En este caso con mayoría 50 % más 1 vencería la opción "a favor" o "en contra".


  • Múltiple. En este caso, la decisión hay que hacerla entre más de dos opciones. Vencería la opción que más votos obtenga del 100 % del universo de votantes. Es decir siempre y cuando todos acudan al sufragio.


Fuera de lo institucional o reglamentario y en relación a las opiniones grupales, se dice que una posición es mayoritaria cuando de hacerse una votación formal ella alcanzaría la mayoría. En estas situaciones, los distintos porcentajes de adhesiones a las distintas posiciones son calculados o evaluados a través de encuestas y procedimientos de muestreos.



Mayoría en los sistemas parlamentarios


Se entiende por mayoría común u ordinaria en los sistemas parlamentarios y, por extensión, en cualesquiera órganos colegiados públicos y privados, la necesidad de que para la aprobación de un asunto los votos a favor sean más que los votos en contra.


La mayoría común, por contraposición con la mayoría absoluta, no requiere que el cómputo se haga sobre todos los miembros del órgano, sino sólo con los presentes. Tampoco importa el número de abstenciones o ausencias, sino que tendrá la mayoría la opción "a favor" o "en contra" que compute mayor número de votos.


En una votación múltiple, para que exista mayoría simple una de las opciones debe obtener más de la mitad de los votos emitidos, sin contar las abstenciones. Si ninguna opción lo logra, el procedimiento debe ser eliminar sucesivamente la opción menos votada, hasta que alguna de las opciones sobrevivientes obtenga más de la mitad de los votos emitidos sin contar las abstenciones. De otro modo se estaría violando el concepto de mayoría que exige "más votos a favor que en contra".



Véase también



  • Mayoría cualificada

  • Mayoría absoluta



Referencias




  1. Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española (2014). «mayoría relativa». Diccionario de la lengua española (23.ª edición). Madrid: Espasa. ISBN 978-84-670-4189-7. 







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